Reunión API Alquiler Temporal
Punto Habitat Inmobiliaria Barcelona

Reunión API Alquiler Temporal

Conclusiones derivadas de la reunión de los API de Barcelona sobre la nueva regulación del Alquiler Temporal

Reunión API Alquiler Temporal: tras la reunión mantenida el pasado viernes 26 de abril con el Consejo Jurídico del Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria del que formamos parte, procedemos a transmitiros la información y conclusiones a las que llegamos.

Per veure l’edició en CATALÀ, fes click aquí

Nueva Regulación Alquiler Temporal: ¿Normativa con fecha de caducidad?

Tal y como os adelantamos el pasado viernes, la regulación del Alquiler Temporal se ha dispuesto mediante Decreto-ley emitido por parte del Govern de la Generalitat.

Como ya os explicamos, se trata de una mecanismo del que dispone el Govern para regular situaciones de urgencia pero sin que su contenido pueda escapar al posterior control en sede parlamentaria. Al encontrarse disuelta la Cámara como consecuencia de la celebración de elecciones al Parlament el próximo 12 de mayo, será la Diputació Permanent la que deba encargarse de validar o no el Decreto-Ley dentro de los 30 días hábiles desde su publicación. Así, este órgano dispondrá, como máximo, hasta el 7 de junio para validar o hacer decaer la regulación recogida en este Decreto.

En resumen:

  • El próximo 7 de junio sabremos si el Decreto-ley que regula el alquiler temporal se incorpora de manera indefinida al ordenamiento jurídico o, por el contrario, decae porque no consigue la mayoría simple de los votos emitidos en la validación que se realizará en la Diputación Permanente. En el supuesto de que ésta no se pronunciara dentro del plazo estipulado (30 días hábiles desde la publicación del Decreto-ley) éste también decaería.
  • Posicionamiento del resto de fuerzas políticas: durante la reunión se nos comunica que el Colegio de APIs ha contactado con representantes de las principales fuerzas políticas que concurrirán a las elecciones catalanas del mes de mayo para conocer cuál va a ser su posición respecto a esta cuestión. La respuesta es casi unánime en el sentido de que no se va a apoyar su validación y, que por lo tanto, la normativa decaerá a partir del día 7 de junio. 
Reunión API Alquiler Temporal

Preguntas que nos habéis trasladado con motivo de la entrada en vigor del Decreto-ley de regulación del Alquiler Temporal

Vigencia del Decreto-Ley

Hemos de tener presente que, mientras esta normativa esté en vigor, deberemos atenernos lo que disponga, de manera que cualquier alquiler de carácter temporal que se formalice, deberá regirse por las disposiciones contenidas en él.

¿Cómo afecta a los contratos en vigor?

En nada. 

Todos aquellos contratos firmados con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto-ley NO SE VEN AFECTADOS por esta normativa y se continuarán regulando al amparo de su contenido y de la LAU y el Código Civil.

¿Qué se considera Alquiler Temporal?

Solo aquellos que se concluyan para uso recreativo o turístico.

En los supuestos en los que se celebre el arrendamiento porque el arrendatario precisa de la vivienda por motivos de estudios, trabajo o estancias médicas NO será considerado un alquiler temporal. La única «ventaja» de la que dispondrá el arrendador para estos supuestos es que podrá celebrar contratos por estancias cortas de tiempo sin que se vea obligado a cumplir los periodos establecidos por la LAU. El resto de la normativa aplicable (limitación de precios, pago de los honorarios por parte del propietario,…) será la misma que para un alquiler de larga estancia.

¿Si mi piso ha estado alquilado en la modalidad de temporada, puedo tomar como referencia el precio que se pactó en ese contrato para volver a alquilar el inmueble?

No. Si el piso ha estado alquilado bajo esta modalidad, la renta estará limitada por el Sistema Estatal de Referencia de Precios de Alquiler de Vivienda.

Solo en el supuesto en el que durante los últimos cinco años se hubiera celebrado un contrato de larga estancia podríamos acogernos a la renta pactada en él añadiendo las actualizaciones que se hayan producido.

Próxima reunión APIs Alquiler Temporal

Tanto si el Decreto-ley se acaba validando como si decae, os mantendremos informados puntualmente.

Como ya habéis hecho muchos de vosotros, no dudéis en contactarnos para resolver cualquier duda. Seguimos a vuestra disposición.

Inmobiliaria en Barcelona desde 1995

PUNTO HABITAT Sant Joan

Más información sobre la situación del
mercado inmobiliario en Barcelona

Contacta con nosotros para resolver cualquier duda sobre el mercado inmobiliario en Barcelona.

Si prefieres un asesoramiento personalizado, acude a nuestras oficinas: te esperamos

OFICINA PUNTO HABITAT SANT JOAN

OFICINA PUNTO HABITAT GAUDÍ

Facebook
Twitter
LinkedIn

Otras entradas relacionadas

Regulación Alquiler Temporal Barcelona

Regulación Alquiler Temporal Barcelona

Alquileres de Temporada en Barcelona: Cambios Legales y Obligaciones Regulación Alquiler Temporal Barcelona: Decreto-ley sorpresa. Hoy, 24 de Abril de 2024, el

Pisos vendidos Barcelona 2023

Pisos Vendidos Barcelona 2023

Pisos vendidos Barcelona 2023: Estadísticas por Distrito Pisos vendidos en Barcelona en 2023 ¿En qué distrito de Barcelona se vendieron más pisos?

Comparar listados

Comparar