Vender un Piso de Herencia en Barcelona: heredar un piso en Barcelona es una situación habitual que genera una serie de preguntas, especialmente si se considera la venta del inmueble.
La venta de un piso heredado en Barcelona implica una serie de trámites legales y fiscales que pueden resultar complejos si no se conocen los pasos a seguir.
Te explicamos de forma sencilla todo el proceso que deberás seguir, desde la aceptación de la herencia hasta la conclusión de la venta en el supuesto de que decidas transmitir la vivienda.
El primer paso fundamental es aceptar la herencia.
Este acto implica hacerse cargo de los derechos y obligaciones inherentes a la propiedad.
La aceptación de la herencia se formaliza ante notario y requiere la presentación de los siguientes documentos:
Es importante añadir que la aceptación de la herencia NO es un acto obligatorio: cuando aceptamos una herencia lo hacemos por el conjunto de los bienes del causante pero, también, por el grueso de sus obligaciones.
Esto significa que el heredero también deberá asumir las deudas contraídas por el causante.
En algunos supuestos, las obligaciones de éste superan a los bienes hereditarios, por ello es importante que, antes de realizar la aceptación, tengamos claro si ésta nos arrojará un saldo positivo.
Nuestro ordenamiento jurídico prevé una figura específica para estos casos en el artículo 1023 del Código civil: la aceptación a beneficio de inventario. El día de la aceptación el heredero declarará ante el Notario designado que se acoge al beneficio de inventario y que, por lo tanto, acepta las obligaciones y deudas que se deriven hasta donde alcance el capital y bienes que también va a aceptar.
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un tributo que grava la adquisición de bienes a título gratuito, es decir, aquellas adquisiciones en las que recibimos un bien sin que aportemos nada a cambio. Su cuantía varía en función de diversos factores, como el grado de parentesco con el fallecido, el valor de la vivienda y la comunidad autónoma donde se ubica el bien.
Una vez aceptada la herencia, es obligatorio liquidar el impuesto de sucesiones y donaciones (ISD) presentando la Autoliquidación ante la Agencia Tributaria de Catalunya (Modelo 660-650).
En el supuesto de que, entre los bienes hereditarios exista una vivienda en Barcelona, la cuantía de este impuesto va a venir determinada, básicamente, por el grado de parentesco que tuviésemos con el fallecido (si heredamos de un tío pagaremos más que si aceptásemos la misma herencia en la que el causante fuese nuestro padre ya que nos beneficiaremos de mayores reducciones en la base imponible) y por el valor de la vivienda.
Una vez realizada la aceptación de la herencia y el pago del Impuesto de Sucesiones, deberemos acudir al Registro de la Propiedad de Barcelona para realizar la modificación de la titularidad del inmueble.
Este trámite es fundamental ya que, de no realizarlo, el fallecido seguirá apareciendo como propietario de la vivienda y no nosotros.
La inscripción en el Registro de la Propiedad de Barcelona es fundamental para acreditar la titularidad del inmueble y, por lo tanto, poder disponer libremente de él.
Es importantísimo que, una vez concluidos todos los trámites, y siempre que no lo hayas hecho antes de realizar la aceptación, solicites una Valoración de tu Piso.
Ten en cuenta que el Valor que se adjudique al piso en el momento de la aceptación y pago del Impuesto de Sucesiones puede no corresponderse con el Valor Real de Mercado.
Ponemos a tu disposición dos tipos de Valoraciones:
Resolveremos todas tus dudas relacionadas tanto con la aceptación de herencia como con la venta del piso heredado en Barcelona
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